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Detalle convenio

Convenio de colaboración entre el SERIDA y el Ayuntamiento de Castropol para el establecimiento de una plantación experimental de castaño.

Poner en marcha y mantener una parcela de ensayo de castaño y realizar trabajos de evaluación y explotación científica de material seleccionado de elevado valor comercial (por su aptitud forestal y frutícola).


Disposición:

Habiéndose suscrito con fecha 30 de junio de 2003 Convenio de colaboración entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Medio Rural y Pesca (Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario) y el Ayuntamiento de Castropol para el establecimiento de una plantación experimental de castaño y estableciendo el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, la obligatoriedad de la publicación de los convenios de colaboración en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo publicar el mencionado convenio como anexo a esta resolución. Lo que se hace público para general conocimiento. En Oviedo, a 3 de julio de 2003.—La Consejera de la Presidencia.—10.844. Anexo CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL SERVICIO REGIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO AGROALIMENTARIO Y EL AYUNTAMIENTO DE CASTROPOL PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UNA PLANTACION EXPERIMENTAL DE CASTAÑO En Castropol, a 30 de junio de 2003 Reunidos De una parte, el Ilmo. Sr. don Santiago Menéndez de Luarca Navia Osorio, Consejero de Medio Rural y Pesca del Principado de Asturias, en virtud del Decreto 11/1999 de 23 de julio del Presidente del Principado, por el que se nombra a los miembros del Consejo de Gobierno, y Presidente del Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario (en adelante, SERIDA), autorizado para este acto por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de junio de 2003. De otra, el Sr. don José Angel Pérez García, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Castropol (en adelante, el Ayuntamiento). Ambas partes, reconociéndose con capacidad legal suficiente para la firma del presente Convenio, consideran conveniente antes de determinar las cláusulas que han de regir el mismo, realizar las siguientes, Consideraciones 1. El SERIDA tiene en marcha un Programa de Investigación Forestal (PIF) en coordinación y en colaboración con la Dirección General de Montes de la Consejería de Medio Rural y Pesca del Principado de Asturias, consistente en desarrollar las siguientes líneas de investigación forestal: 1. Selección de procedencias genéticas para reforestación; 2. Manejo y conservación de recursos fitogenéticos de elevado interés para el Principado de Asturias; 3. Mejora genética de especies forestales productoras de maderas valiosas; 4. Desarrollo de novedosas técnicas de propagación de material vegetal de alto valor; y 5. Control de calidad de la planta forestal destinada a la reforestación y micorrización de planta forestal para implantación del material vegetal en zonas degradadas. 2. El PIF del SERIDA contempla el desarrollo de líneas generales de localización, selección, recolección, propagación y conservación de especies forestales y de aprovechamiento mixto entre las que se encuentra la especie Castanea sativa L. 3. Las actuaciones de I+D realizadas en el marco del proyecto financiado con fondos europeos "Desarrollo integral del castaño en Asturias" (1FD97-0955-C03-02) por parte de la Universidad de Oviedo, la Universidad de Santiago de Compostela, el Centro de Investigaciones Forestales de Lourizán y el SERIDA han permitido disponer en el momento actual de material vegetal de castaño de alto interés comercial: variedades de fruto e individuos elite forestales de Castanea sativa L, así como individuos híbridos plus resistentes a la enfermedad de la tinta. 4. El Ayuntamiento de Castropol es titular de una parcela de 2,6 ha., denominada "Granda de Sabugo", localizada en Sabugo, parroquia de Moldes (Castropol) que presenta una adecuada potencialidad para el cultivo de castaño tanto frutal como forestal, pudiendo ser utilizada como finca demostrativa dentro de la Red de Parcelas Experimentales que tiene previsto poner en marcha el PIF del SERIDA. En virtud de lo anterior, el SERIDA y el Ayuntamiento de Castropol han decidido formalizar el presente Convenio con sujeción a las siguientes, CLAUSULAS Primera.— El objeto del presente Convenio es regular la colaboración de las dos entidades para la puesta en marcha y mantenimiento de una parcela de ensayo de castaño; así como la realización de trabajos de evaluación y explotación científica de material seleccionado de elevado valor comercial (tanto por su aptitud forestal como frutícola). Segunda.— El Ayuntamiento de Castropol se compromete a aportar la finca denominada "Granda de Sabugo" de 2,6 ha., por un periodo de tiempo de 15 años, hasta el 31 de diciembre de 2018, para asegurar con ello los trabajos de evaluación y conservación de las variedades de castaño; pasado ese tiempo, las dos partes decidirán por mutuo acuerdo y de forma expresa sobre la conveniencia de dar continuidad a la colaboración regulada en este Convenio. Al vencimiento del Convenio el Ayuntamiento adquirirá la propiedad de la plantación. En caso de que el Ayuntamiento denunciara anticipadamente el Convenio se verá obligado a hacerlo con tres años de anticipación a los efectos de que el SERIDA pueda conservar el material vegetal en otra parcela. En el supuesto de resolución anticipada por causa imputable al SERIDA el Ayuntamiento adquirirá la titularidad de la plantación existente. Tercera.— El SERIDA se compromete a efectuar las reposiciones que sean necesarias y a realizar la evaluación agronómica de las variedades o clones objeto de estudio, reservándose todos los derechos sobre la planta y uso que se haga de la misma, así como de todas las decisiones de índole técnico que afecten a la plantación. La financiación de los gastos ligados a las actividades a ejecutar por el SERIDA, para 2004 y siguientes ejercicios, será con cargo a los fondos de investigación de este organismo, concepto presupuestario 9901.542F.61100, quedando sujeto a las disponibilidades presupuestarias. Para el ejercicio presupuestario 2003 no se contempla coste alguno por parte del SERIDA. Cuarta.— Las labores de preparación del terreno para la implantación de los árboles (desbroce, subsolado, gradeo, destoconado, abonado, etc.) serán financiadas y contratadas por el Ayuntamiento de Castropol bajo la dirección técnica del SERIDA, que aportará e implantará el material vegetal. Así mismo, el mantenimiento durante la vigencia del Convenio del cierre y calles de la parcela correrá a cargo del Ayuntamiento de Castropol, asumiendo el SERIDA los costes de reposición de plantas, abonado, tratamientos fitosanitarios, podas y recolección de frutos. Quinta.— A través de su Area de Transferencia y Formación, el SERIDA elaborará los contenidos de un folleto explicativo y una memoria anual, en la que se informará de la actividad realizada y de los principales avances logrados, así como cualquier otra actividad de esta índole que se repute como necesaria o eficaz. A requerimientos de cualquiera de las partes, se podrán desarrollar conjuntamente jornadas de transferencia o divulgación técnica en el concejo de Castropol. Sexta.— La finca puesta a disposición del SERIDA por parte del Ayuntamiento se localiza en Sabugo, parroquia de Moldes, y queda identificada mediante plano que se incorpora como anexo a este convenio. Dado el carácter de la finca como de bien de dominio y uso público municipal, se garantizará el acceso público a la misma, si bien de forma controlada para asegurar el buen fin del objeto del Convenio. Séptima.— Para la resolución de cualquier problema en la interpretación o en el cumplimiento del presente Convenio, se creará una comisión mixta paritaria, formada por cuatro representantes, dos del SERIDA y dos del Ayuntamiento de Castropol. Los representantes del SERIDA serán el responsable del PIF y del programa de genética vegetal; los representantes del Ayuntamiento serán dos técnicos designados por el Sr. Alcalde de Castropol. La Presidencia de la Comisión se asumirá rotatoriamente por cada uno de los miembros, por un plazo de dos años, prorrogable por un año más. Actuará de Secretario de la Comisión un miembro de la misma, elegido de entre los miembros de la parte que en ese momento no ocupe la Presidencia de la misma. Octava.— El incumplimiento de una de las partes de cualquiera de las obligaciones establecidas por el presente Convenio, facultará a la otra para exigir el cumplimiento del mismo o, potestativamente, optar por la resolución del mismo. Novena.— En lo no recogido específicamente en este Convenio, se estará a lo dispuesto en las normas administrativas del Estado y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y, en su caso, a la jurisdicción contencioso-administrativa. En prueba de conformidad y a efectos de acreditación de los compromisos que asumen las respectivas partes representadas, firman el presente en el lugar y fecha ut supra. Por el SERIDA, El Presidente.—Por el Ayuntamiento de Castropol, El Sr. Alcalde.

Ficha Convenio
TítuloConvenio de colaboración entre el SERIDA y el Ayuntamiento de Castropol para el establecimiento de una plantación experimental de castaño.
Área

Cultivos Hortofrutícolas y Forestales.
Programa Forestal.
Programa Fruticultura.

InstituciónAdministraciones Públicas. Ayuntamientos.
Tipo AcuerdoConvenios
Firmado2003-06-30
Aprobado2003-06-19
DuraciónDesde 2003-06-30 hasta 2018-06-30
Enlace

http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.1003733838db7342ebc4e191100000f7/?vgnextoid=d7d79d16b61ee010VgnVCM1000000100007fRCRD&fecha=26/07/2003&refArticulo=2003-1726001&i18n.http.lang=es

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