Utilizamos cookies propias y de terceros para realizar el análisis de la navegación de los usuarios y mejorar nuestros servicios. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies. OK Más información
Conózcanos

Boletin
Tecnología Agroalimentaria. Boletín informativo del SERIDA Nº 29
Tecnología Agroalimentaria. Boletín informativo del SERIDA Nº 28
Tecnología Agroalimentaria. Boletín informativo del SERIDA Nº 27
Ver más>>
Libros
El avellano en Asturias: diversidad genética local y guía para su cultivo y recuperación
El cultivo del arándano en el norte de España
Selección clonal de cultivares de vid del Principado de Asturias
Orientaciones para el cultivo de la faba
Ver más>>
Mediateca
Equino de la Montaña Asturiana
SERIDA desde el aire
Plantación de variedades tradicionales de castaño
Ver más>>
Memorias I+D
Memoria de actividades del SERIDA 2022
Memoria de actividades del SERIDA 2021
Memoria de actividades de I+D+i del SERIDA 2020
Ver más>>

Noticias



Ayudas para estudios del personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias para el curso 2006/2007

Resolución de 3 de julio de 2007 por la que se aprueban las bases que han de regir la convocatoria para la concesión de ayudas para estudios del personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias para el curso 2006/2007

En el marco de las estipulaciones en materia de Acción Social resultante de las deliberaciones con la representación sindical el 17 de mayo de 2007, por la presente


RESUELVO

Aprobar las bases que han de regir la convocatoria para la concesión de ayudas para estudios del personal al servicio del SERIDA para el Curso 2006/2007, las cuales quedan conformadas al siguiente tenor:


Primera.- Contenido de las ayudas.

1.- Tendrán como finalidad la atención de los gastos derivados de la realización de los siguientes estudios:

a) Gastos por matrícula para estudios de:
- Idiomas en Escuelas Oficiales.
- Idiomas a través del programa “That's English”.
- Curso de preparación para acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
- Diplomaturas Universitarias.
- Licenciaturas.
- Estudios oficiales de Posgrado conforme a lo establecido en el Real Decreto 56/2005.
- Cursos de Doctorado.
- Música (Grado Superior).

b) Gastos para material didáctico de:
- Cursos de Doctorado.
- Licenciaturas.
- Diplomaturas Universitarias.
- Estudios oficiales de Posgrado conforme a lo establecido en el Real Decreto 56/2005.
- Curso de preparación para acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
- Estudios de idiomas en Escuelas Oficiales.
- Idiomas a través del programa “That's English”.
- Graduado en Educación Secundaria.
- Bachillerato.
- Formación Profesional y Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior.
- Música.
2.- Quedan excluidos los estudios de especialización, estudios no oficiales de masters y de posgrado, títulos propios de las universidades y todos aquellos estudios que no sean oficiales.


Segunda.- Requisitos de los y las aspirantes.

1.- Podrán solicitar dichas ayudas quienes hayan realizado estudios durante el curso académico 2006/2007 en centros oficiales del estado español que habiliten para la obtención de títulos académicos o profesionales oficialmente reconocidos y que se encuentren en las siguientes situaciones:

a) El personal perteneciente o adscrito al SERIDA vinculado a la misma por una relación de empleo de carácter permanente, entendiéndose por tal la del personal funcionario de carrera, laboral por tiempo indefinido, y laboral fijo a tiempo parcial, que se encuentre en situación de servicio activo en algún momento durante el plazo de presentación de las solicitudes, o que haya causado baja por jubilación durante el curso académico 2006/2007, así como quienes se encuentren en situación de excedencia por cuidado de hijo/hija o familiar, o en situación de incapacidad temporal.

Si entre el personal mencionado en el párrafo anterior se hubiese producido algún traslado a otro Organismo de la Administración del Principado de Asturias o a esta misma y, una vez convocadas las ayudas correspondientes a los anteriores, dicho personal no reúne los requisitos para poder acceder a las mismas, podrá solicitar la ayuda en esta convocatoria siempre que acredite entre el 1 de septiembre de 2006 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, un mínimo de 3 meses de servicios.

b) El personal temporal que entre el 1 de septiembre de 2006 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, haya prestado un mínimo de 6 meses de servicios. Los servicios que se tendrán en cuenta serán los que hayan sido prestados en el ámbito de esta convocatoria.

c) El personal temporal con contrato a tiempo parcial, que aún no reuniendo el periodo de seis meses efectivamente trabajados, su contrato tenga una antigüedad de un año a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

d) El personal funcionario de carrera, laboral por tiempo indefinido y laboral fijo a tiempo parcial, que se encuentren en situación de excedencia por incompatibilidad por desempeño de otro puesto de trabajo como personal temporal en el SERIDA en el ámbito de esta convocatoria.

2.- Queda expresamente excluido de la presente convocatoria:

a) El personal docente no universitario, así como el personal de la inspección educativa.

b) Los Altos Cargos del SERIDA, así como el personal de gabinete, a excepción hecha, en este último caso, de quienes se encuentren en alguna de las situaciones recogidas en el apartado 1.a de estas bases.

c) El personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias y los distintos Organismos y Entes Públicos del Principado de Asturias, sin perjuicio de la remisión a estas bases que puedan hacer dichas entidades al elaborar sus convocatorias.

3.- Únicamente se podrá solicitar ayuda para una clase de estudios.


Tercera.- Requisitos para su concesión.

Para los estudios de idiomas a través del programa “That's English”, se considerarán:
- Gastos de matrícula, el importe abonado como cuota de inscripción.
- Gastos de material didáctico, el importe abonado por la adquisición de material didáctico complementario a través de dicho programa.


Cuarta.- Cuantía de las ayudas.

1.- Gastos de matrícula:

- El 100% del importe satisfecho en concepto de matrícula con un límite máximo de 600 euros.

2.- Adquisición de material didáctico relacionado con los estudios.

a) El importe que se justifique con un límite máximo de:

- 230 euros para Licenciaturas, cursos de Doctorado, estudios oficiales de Posgrado conforme a lo establecido en el Real Decreto 56/2005 y estudios de Música (Grado Superior).
- 170 euros para Diplomaturas Universitarias.
- 140 euros para acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
- 80 euros para estudios de Idiomas en Escuelas Oficiales y a través del programa “That's English”.

b) Se establecen cantidades fijas, para los niveles de estudios que se relacionan, en las siguientes cuantías:

- 150 euros para Bachillerato, Formación Profesional, Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, estudios de Graduado en Educación Secundaria y estudios de Música (Grado Medio y Elemental).






Quinta.- Incompatibilidades.

En todo caso será incompatible el percibo de cualquiera de las ayudas reguladas en las presentes bases con el de otra beca o ayuda que para las mismas finalidades hubiere percibido el beneficiario o beneficiaria en relación al curso 2006/2007 o acredite estar pendiente de recibir.


Sexta.- Financiación.

El crédito total disponible para hacer frente a esta convocatoria, así como a las destinadas a estudios de hijos e hijas del personal y para el personal que tenga hijos e hijas con minusvalías, será de 19.746,78 euros para el personal incluido en el punto 1 de la base segunda de esta convocatoria.


Séptima.- Presentación de las solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro Central del SERIDA, sito en Ctra. de Oviedo s/n. Villaviciosa, 33300, en el Registro General Central de la Administración del Principado de Asturias, edificio de Servicios Múltiples, planta Plaza calle Coronel Aranda, s/n de Oviedo, en el Registro de cualquier Consejería, o por cualquier otro medio establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, hasta el día 31 de agosto de 2007 inclusive, utilizando el modelo normalizado que será facilitado en dichos Registros.

Las solicitudes que se remitan a través de las Oficinas de Correos deberán ser selladas y fechadas por la citada Oficina de Correos


Octava.- Documentación a acompañar con la solicitud:

1.- Ayudas para gastos de matrícula:

a) Carta de pago original o copia compulsada justificativa del gasto efectuado por dicho concepto.

b) Justificante detallado de liquidación de matrícula.

2.- Adquisición de material didáctico en: Doctorados, Licenciaturas, Diplomaturas Universitarias, estudios oficiales de Posgrado conforme a lo establecido en el Real Decreto 56/2005, Acceso a la Universidad para mayores de 25 años, estudios de Idiomas en Escuelas Oficiales y estudios de Música (Grado Superior):

a) Justificante oficial de haberse matriculado.

b) Factura original o copia compulsada justificativa del gasto en la que deberá aparecer: nombre del emisor o emisora, C.I.F., nº de factura y nombre del beneficiario o beneficiaria, así como la relación de los libros adquiridos relacionados con los estudios realizados.

c) La Comisión de Valoración podrá requerir a las personas solicitantes para que justifiquen documentalmente, la relación que con los estudios realizados, guarda el material didáctico para el que se solicita la ayuda.

3.- Ayudas para estudios de Idiomas a través de programa “That's English”:

a) Gastos de matrícula.

- Original o copia compulsada del justificante del pago realizado como cuota de inscripción.

b) Gastos de material didáctico complementario.

- Original o copia compulsada del justificante del pago realizado por la adquisición del material didáctico complementario.

4.- Adquisición de material didáctico en: Graduado en Educación Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional, Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior y estudios de Música (Grado Medio y Elemental):

- Certificado expedido por el centro donde se realizan los estudios en el que conste el nivel de estudios realizado en el curso 2006/2007.


Novena.- Admisiones-exclusiones.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias la Resolución del Director Gerente del SERIDA, por la que se aprueba la lista de solicitudes admitidas y excluidas, con trascripción integra de la misma e indicación del efecto motivador de la exclusión, así como el plazo de subsanación de éste cuando fuere susceptible de la misma, transcurrido el cual sin efectuarla se le tendrá por desistido o desistida en su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


Décima.- Procedimiento para la concesión.

1.- Las solicitudes serán evaluadas por una Comisión integrada por cuatro representantes que designe el SERIDA y un representante que designe cada uno de los sindicatos que tengan representación en el Comité de Empresa de la Entidad Pública. Esta Comisión será presidida por el Jefe del Área de Gestión Presupuestaria, Contratación y Personal del SERIDA, o persona en quien delegue.

2.- Realizada la correspondiente evaluación sobre las ayudas solicitadas en esta Convocatoria, la Comisión formulará la propuesta de concesión de aquellas que reúnan los requisitos exigidos en las bases y en las cuantías que se ajusten a las mismas, conforme a los siguientes criterios.

a) Si la totalidad de estas solicitudes de ayudas así como las solicitudes de ayudas para estudios de hijos e hijas del personal y para el personal con hijos e hijas con minusvalías, pudieran ser atendidas con los créditos destinados a tal fin, la Comisión formulará propuesta de concesión a todas y cada una de las personas solicitantes con derecho a la ayuda.

b) Si el crédito global resultase insuficiente, la Comisión de Valoración propondrá el mismo porcentaje reductor para cada solicitud, a aplicar sobre las cuantías fijadas conforme a las bases de la convocatoria.

3.- Las propuestas que formule la Comisión de Valoración serán resueltas por el Director Gerente del SERIDA.

4-. La resolución que se adopte será publicada en el BOPA y contra la misma se podrá interponer Recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, ante la persona que ostente la presidencia del Consejo Rector del SERIDA y la Consejería de Medio Rural y Pesca, conforme a lo establecido en el artículo 27 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar otro que estimen oportuno.


Undécima.- Revocación de las ayudas.

Procederá la revocación de las ayudas concedidas y, consiguiente obligación de reintegro, en los siguientes supuestos:

a) La constatación en las solicitudes de omisiones o inexactitudes que hayan motivado la concesión indebida de la ayuda de que se trate.

b) La comprobación fehaciente de concesión de ayudas por otras entidades u organismos para la misma finalidad.

c) La realización de estudios distintos de aquellos para los que la ayuda fuera solicitada.


Duodécima.- Publicidad de la convocatoria.

El texto íntegro de la presente convocatoria deberá publicarse en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

EL DIRECTOR GERENTE





Fdo. Pedro Castro Alonso

Más información

Anexo Personal

Buscar
Administración
Portal de la Transparencia
Protección de datos
Perfil del Contratante
Período Medio de Pago
Convocatorias y Plazas
Legislación
Comunicación
Hemeroteca
Serida en los medios
Imagen Corporativa
Enlaces de Interés
Biblioteca
Catálogo Red SIDRA
Catálogo Red de Bibliotecas del Principado de Asturias
RIA, Repositorio Institucional de Asturias
Publicaciones del SERIDA
Boletín de sumarios
WOS (Web Of Science)
Préstamo Interbibliotecario
Contacta
Investigación
Sistemas de Producción Animal
Nutrición, Pastos y Forrajes
Sanidad Animal
Genética y Reproducción Animal
Programa de Genética Vegetal
Programa de Patologia Vegetal
Programa Forestal
Programa Fruticultura
Tecnología de los Alimentos
Desarrollo
Experimentación y Demostración Ganadera
Experimentación y Demostración Agroforestal
Selección y Reproducción
Transferencia y Formación