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Se convocan pruebas selectivas de seis plazas de Titulado/a Superior (Biólogo/a Investigador/a.

Resolución de 6 de noviembre de 2007, de la Viceconsejería de Modernización y Recursos Humanos, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, en turno de promoción interna y régimen de contratación laboral por tiempo indefinido, de seis plazas de Titulado/a Superior (Biólogo/a Investigador/a).

En cumplimiento del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de enero de 2003, aprobatorio de la Oferta de Empleo Público para dicho año, así como del Convenio de Colaboración del 24 de septiembre de 2004, por el que el organismo público SERIDA, encomienda la gestión de los procesos selectivos para la provisión de las plazas vacantes de su plantilla de personal laboral, de conformidad con lo prevenido en la Ley y Reglamento que se citarán en la base primera, y en uso de la delegación conferida por Resolución de la titular de la Consejería de 4 de septiembre de 2007,

RESUELVO

Convocar las pruebas selectivas para la provisión de las plazas que se dirán, con sujeción a las siguientes

BASES

Primera.—Objeto y normas de aplicación.

La presente convocatoria tiene por objeto la provisión, en turno de promoción interna y régimen de contratación laboral por tiempo indefinido, de seis plazas de Titulado/a Superior (Biólogo/a Investigador/a), (Grupo A), por el procedimiento de concurso-oposición y conforme a estas bases, el Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril; la Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de Función Pública de la Administración del Principado de Asturias, el Reglamento de Selección e Ingreso de personal al servicio de dicha Administración aprobado por Decreto 68/1989, de 4 de mayo (en lo sucesivo Reglamento) y el Convenio Colectivo que resulte de aplicación.

Segunda.—Requisitos para concurrir.

Para la admisión a la realización de estas pruebas selectivas, cada aspirante deberá reunir los siguientes requisitos:

1.—Poseer la condición de trabajador o trabajadora integrado o integrada en el vigente Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración del Principado de Asturias, como personal laboral fijo y en activo, o en situación de reserva de puesto del ámbito del Convenio, del Grupo B o A en cualquiera de sus categorías, siempre que sea distinta de la convocada, que reúna los requisitos exigidos y posea una antigüedad mínima de dos años en la categoría de conformidad con lo establecido en el mencionado Convenio.

2.—No haber sido separado o separada, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial. Y en el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

3.—No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la función a desarrollar.

4.—Título de Licenciado/a en Biología más grado de doctor/a.

5.—Pago de la tasa de inscripción en cuantía de 32,47 €.

Las personas con discapacidad serán admitidas en condiciones de igualdad con los demás aspirantes salvo que la restricción padecida las hiciera incumplir el precedente requisito 3.

Los expresados requisitos de participación deberán poseerse el día final del plazo de presentación de solicitudes previsto en la base siguiente y mantenerse en la fecha de toma de posesión, acreditándose previamente a ésta según establece la base octava.

Para evitar discrepancias en los cómputos de antigüedad, tanto ésta como los méritos a valorar en la fase de concurso de acuerdo a lo especificado en la base sexta, se referirán también al día final del plazo de presentación de solicitudes previsto en la base siguiente.

Tercera. —Documentación a presentar y plazos y modos de presentación.

Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán presentar la siguiente documentación:

1.—Instancia o solicitud, cumplimentada en impreso normalizado. Este modelo, único válido para solicitar la participación en las pruebas selectivas, se puede obtener en:

— Internet, en el portal corporativo: www.princast.es/iaap enlace “Selección de personal”.

— Las dependencias del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, calle Julián Clavería, número 11, de Oviedo (código postal 33006).

— La Oficina de Atención Ciudadana del Principado de Asturias, sita en la planta plaza del Edificio Administrativo de Servicios Múltiples (EASMU) del Principado, calle Coronel Aranda número 2, de Oviedo (código postal 33005).

Las personas con discapacidad que con justificación suficiente lo hagan constar en la solicitud, podrán obtener las adaptaciones necesarias de tiempo y medios para la realización de los ejercicios, para ello deberán hacer constar el grado de discapacidad y el diagnóstico emitido en el Dictamen Facultativo Técnico. El Tribunal examinará y resolverá motivadamente tales peticiones, pudiendo requerir a dicho efecto el oportuno informe del órgano técnico competente de la Comunidad Autónoma.

2.—Autoliquidación de la tasa por inscripción, cumplimentada en impreso normalizado 046. El impreso 046, “Autoliquidación de tasas y otros ingresos”, se puede obtener en los mismos lugares que la instancia de solicitud y su falta de presentación o de pago determina la exclusión del aspirante.

En el caso de Internet, la navegación para obtener el impreso normalizado de autoliquidación 046 ha de ser la siguiente: www.asturias.es/iaap enlace“Selección de Personal”enlace “Modelo tributario 046 de autoliquidación de tasas”. La cumplimentación del impreso así obtenido puede hacerse on-line o en local (pdf), debiendo en todo caso imprimirse y presentarse en soporte papel.

La presentación del modelo 046 en ningún caso sustituye el trámite de presentación de la instancia de solicitud, que debe hacerse en tiempo y forma.

En el impreso 046, el presentador deberá cumplimentar, obligatoriamente, los siguientes datos:

• En el apartado “FECHA DE DEVENGO”; (1) dd/ mm/ aaaa, la fecha en que realiza el pago de la tasa.

• En el apartado “DATO ESPECÍFICO”:

(2) En “Centro gestor”: 12 02

(3) En “Aplicación”: 12 01 322003

(4) En “Ejercicio”: 2008

• En el apartado “DECLARANTE/SUJETO PASIVO”; todos los datos de los campos 6 al 17, imprescindibles para identificar al aspirante y para localizarle en el caso de tener que realizarse alguna subsanación.

• En el apartado “DETALLE DE LA LIQUIDACIÓN”:

(18) En “Descripción”Tasa por inscripción en las pruebas de acceso a la función pública.

(19) En la columna de “Descripción concepto”Seis plazas de Biólogo/a Investigador/a, promoción interna.

En la columna de “Importe”: 32,47 €.

El pago de la tasa de inscripción podrá realizarse:

a) En la ventanilla de entidades financieras colaboradoras en la gestión recaudatoria de la Administración del Principado de Asturias, previa presentación del original del impreso normalizado 046.

La relación de entidades colaboradoras se puede ver en Internet, con la siguiente navegación: www.asturias.esenlace “Temas: Economía y Finanzas”enlace “Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias”enlace “Portal Tributario”enlace “Información tributaria”enlace “Presentación y pago de tributos”enlace “Tributos propios”enlace “Tasas y Precios Públicos” – entidades financieras colaboradoras”.

b) Por Internet con la siguiente navegación: www.asturias.esenlace “Temas: Economía y Finanzas”enlace “Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias”enlace “Portal Tributario”enlace “Oficina Virtual”enlace “Pagos telemáticos”, o bien directamente desde “Modelos tributarios” si se ha optado por cumplimentar previamente el impreso “on line”.

El modelo 046 debidamente cumplimentado, y una vez pagado, sirve como resguardo del pago realizado, salvo en el pago por Internet, en cuyo caso el justificante de pago telemático debe presentarse junto con el modelo 046.

3.—Memoria del Programa de Investigación, la cual se obtendrá en la página web del SERIDA www.serida.org dentro de la sección de “Convocatorias y Plazas/descarga modelo Memoria Programa”. La presentación del mismo se realizará en soporte electrónico (CD o DVD) y en papel. En caso de falta de identidad entre los mismos, se atenderá exclusivamente a lo previsto en el soporte papel; dicha presentación habrá de realizarse, para garantizar la confidencialidad del programa y la objetividad del proceso selectivo, en sobre cerrado y firmado por el aspirante. La documentación requerida en el anexo I de esta convocatoria deberá presentarse fehacientemente acreditada o adverada.

4.—Los datos referentes al Grupo, categoría de pertenencia y antigüedad en la misma, así como la acreditación de los méritos resultantes de la antigüedad en la categoría desde la que se concursa, los solicitará el IAAP de oficio y en su momento a la Dirección General de la Función Pública o, en su caso, al servicio equivalente del organismo autónomo de pertenencia. El/la aspirante deberá señalar en la instancia el centro en el que presta servicios en la actualidad de forma que el IAAP tenga constancia del organismo al que debe solicitar dicha certificación, la omisión de dicho dato será causa de exclusión.

5.—Los documentos acreditativos de los cursos de formación y, en su caso, demás méritos que se aleguen para la fase de concurso se aportarán en original o fotocopia compulsada o adverada, junto con la solicitud.

Todos los documentos relacionados anteriormente se presentarán en el Registro General Central de la Administración del Principado de Asturias o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días hábiles desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria.

Cuarta.—Admisión-exclusión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias (BOPA) la resolución de la Dirección del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada” por la que se aprueba la lista de personas admitidas y excluidas, con indicación del defecto motivador de la exclusión y el plazo de subsanación si ésta fuere posible, transcurrido el cual sin efectuarla se producirá la caducidad del derecho.

Dicha resolución señalará igualmente los medios, lugares y tablones de anuncios donde la relación completa de aspirantes queda expuesta al público, el lugar, día y hora de comienzo de las pruebas y, en su caso, el material o equipamiento del que los/las opositores/as habrán de venir provistos. Cuando se considere que el número de aspirantes impide su examen en una única sesión, al elevar a definitiva la lista provisional se señalarán de modo concreto los días y horas para los que, a partir del indicado como de comienzo, quedarán convocadas las personas opositoras que hayan de realizar la prueba en fechas sucesivas.

No obstante, si en cualquier momento posterior a la aprobación de la referida lista, incluso durante la celebración de la prueba, se advirtiere en las solicitudes de los/as aspirantes inexactitud o falsedad que fuere causa de exclusión, ésta se considerará defecto insubsanable proponiéndose al órgano que convoca que resuelva tal exclusión.

Quinta.—Tribunales calificadores.

Su designación se efectuará en la resolución a que se refiere la base anterior y para su constitución y actuación válida se requerirá la presencia de, al menos, la mitad más uno de sus miembros, titulares o suplentes, y en todo caso la de las personas que ocupen la Presidencia y la Secretaría.

Las personas designadas deberán abstenerse de actuar, si en ellas concurriera alguna de las circunstancias del artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o la del artículo 13 apartado 1 del Reglamento. Por esas mismas causas podrán ser recusadas por los/as aspirantes, resolviéndose la recusación con arreglo a lo previsto en el artículo 29 de la citada Ley.

Si se estimare necesario podrán designarse asesores especialistas, que actuarán con voz y sin voto.

A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal calificador tendrá su sede en el IAAP “Adolfo Posada” sito en la c/ Julián Clavería, 11, 33006-Oviedo. Asimismo, será en el tablón de anuncios de dicho organismo así como en el del Servicio de Atención Ciudadana, donde se efectuarán las sucesivas publicaciones.

Los actos del Tribunal pueden ser objeto de recurso de alzada ante la autoridad que nombre a su Presidente/a en el mismo plazo y su resolución agotará la vía administrativa.

Sexta.—Estructura y calificación de las pruebas.

Cada aspirante deberá presentarse a la línea de investigación especificada en la Memoria Científico-Técnica. Si optare por más de una línea, deberá presentar una Memoria Científico-Técnica por cada una de ellas.

La fase de concurso únicamente será valorada si el o la aspirante ha superado la puntuación mínima establecida en la fase de oposición, la cual tiene carácter obligatorio y eliminatorio.

A) Fase de oposición:

Se evaluará por el sistema de puntos, entre 0 y 20, requiriéndose para aprobar obtener la mitad de la puntuación máxima posible. Las personas que no alcancen dicho mínimo serán calificadas como no aprobadas y quedarán excluidas del proceso selectivo.

Ejercicio único: Consistirá en la exposición oral y pública del contenido presentado en la Memoria Programa señalada en el anexo I de esta Resolución, durante el tiempo máximo de una hora, específicamente de la visión que el/la aspirante tiene acerca del estado actual de alguno de los temas objeto de la plaza convocada, así como de sus posibles líneas de evolución y de la actividad que prevé desarrollar en relación con ellas. Seguidamente, el Tribunal debatirá con el/la aspirante durante un tiempo máximo de una hora, acerca de los contenidos científicos expuestos y de todos aquellos aspectos que considere relevantes en relación con los temas y perfiles a valorar y que se describen a continuación:

Línea A: Fruticultura en zonas templado-húmedas.

Línea B: Ecofisiología vegetal de cultivos de zonas templado-húmedas.

Línea C: Patología vegetal de cultivos de zonas templado-húmedas.

Línea D: Producción de carne con rumiantes.

Línea E: Nutrición y valoración de alimentos para rumiantes.

Línea F: Producción, evaluación y conservación de pastos y forrajes de zonas templado-húmedas.

Los/as aspirantes podrán acudir provistos de cuanta documentación y materiales estimen oportunos.

Cada miembro del Tribunal deberá valorar de modo independiente los ítems presentados en la memoria del programa de investigación; esta valoración se formulará mediante voto razonado. A efectos de calificación el Tribunal valorará los conocimientos concretos de los temas o materias, la formación general, la capacidad de análisis y raciocinio, y el orden y claridad de las ideas desarrolladas. En las pruebas que, por su índole, no sean susceptibles de apreciación de tales cualidades, se atendrá a la exactitud de las respuestas.

Excepto el caso de que se suscitare decisión unánime o consensuada del Tribunal, la calificación de la prueba se obtendrá por la media aritmética de las otorgadas por cada uno de sus miembros. Si entre éstas resultare una diferencia superior al 30% de la máxima puntuación posible, se excluirán una calificación parcial máxima y otra mínima, aplicándose la media de las restantes.

B) Fase de concurso:

Tendrá carácter obligatorio y no eliminatorio. En ella, el Tribunal valorará, con referencia a la fecha fin de plazo de presentación de instancias, los méritos establecidos en el artículo 43.4C del vigente Convenio Colectivo y que hubieran sido alegados y justificados documentalmente por los/as aspirantes en los plazos y del modo prevenido en esta convocatoria, a cuyo efecto se tendrá en cuenta el siguiente baremo:

a) Por antigüedad en la categoría desde la que concursa, a razón de 0,50 puntos por cada año de servicios prestados hasta un máximo de 5 puntos. A estos efectos la antigüedad del personal a tiempo parcial se computará por años completos con independencia de la duración del período efectivo de trabajo establecido en los respectivos contratos.

b) Por pertenecer a categoría del Grupo inmediatamente inferior en el mismo área funcional: 1,5 puntos.

c) Por estar en posesión de la titulación específica de la plaza a la que concurra: 2 puntos, o por hallarse en posesión del mismo nivel de titulación que el exigible para la plaza de que se trate: 1 punto.

d) Por otros méritos relacionados directamente con la plaza a ocupar, tales como títulos y cursos de formación, hasta un máximo de 1,5 puntos distribuidos de la siguiente forma:

d-1) 0,35 puntos por cada título expedido por centros docentes oficiales que acrediten un especial conocimiento de las funciones asignadas a la categoría de la plaza o plazas objeto de la convocatoria.

d-2) Cada certificado o diploma expedido por administraciones públicas u organismos públicos, por otros organismos que impartan acciones formativas con reconocimiento oficial, o acogidos a Planes de Formación Continua para empleados públicos, que acrediten la asistencia a cursos de formación o perfeccionamiento sobre materias relacionadas directamente con las funciones asignadas a la plaza o plazas objeto de la convocatoria, se puntuará con arreglo al siguiente baremo:

• Certificado de asistencia: Cursos hasta 15 horas, 0,05 puntos; de 16 a 35 horas, 0,10 puntos; de 36 a 60 horas, 0,15 puntos, y aquellos con duración superior a 60 horas, 0,20 puntos.

• Certificado de aprovechamiento: Cursos de 15 a 30 horas, 0,15 puntos; de 31 a 40 horas, 0,20 puntos, y aquellos con duración superior a 40 horas, 0,25 puntos.

Los puntos obtenidos se sumarán a los alcanzados en la fase de oposición, a fin de concretar la relación definitiva de personas aprobadas y de establecer el orden de prioridad entre las mismas, entendiéndose que han superado el proceso selectivo y por tanto que quedan incluidas en la aludida relación únicamente las que, en número nunca superior al de plazas a cubrir, hubiesen logrado las mayores puntuaciones acumuladas.

Séptima.—Su desarrollo.

Las pruebas que no podrán comenzar antes de un mes desde esta publicación, se celebrarán en el lugar, día y hora que establezca la resolución a que se refiere la base cuarta.

Conforme al resultado del sorteo público celebrado el día 21 de febrero de 2003, la actuación de los aspirantes se iniciará por la letra “D” o en su defecto la siguiente, del primer apellido.

En cada prueba la comparecencia de los/as aspirantes será requerida de viva voz y en llamamiento único (en los de realización simultánea, todas las personas al comienzo; en los de realización sucesiva y en la lectura pública de ejercicios, paulatinamente según el orden de actuación), determinando la exclusión de quienes no comparezcan en el acto. No obstante, en caso de asistencia masiva a pruebas de realización simultánea, el Tribunal podrá decidir un segundo llamamiento acto seguido para la correcta acomodación de todos los/as aspirantes.

Al término de cada ejercicio se hará pública la relación de personas aprobadas en el mismo con expresión de la puntuación obtenida por cada una y, en su caso, se efectuará la convocatoria para la realización de la siguiente, todo ello en los términos del art. 27, apartado 2 del Reglamento y mediante exposición de los correspondientes anuncios en el Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada” y en el Servicio de Atención Ciudadana.

Si resultare igualdad de puntuación final de dos o más personas, que afectara al orden de prioridad en la propuesta prevenida en la base siguiente o que implicare la necesidad de excluir a alguna o algunas de ellas de la referida propuesta, la prioridad se dirimirá atendiendo a la puntuación en la fase de oposición. De persistir el empate se primará a quien provenga del Grupo inferior y si continúa el mismo se celebrará, en plazo máximo de cinco días hábiles, una prueba adicional de carácter obligatorio que el Tribunal decidirá, siempre relacionada con las funciones propias de la plaza convocada.

Octava.—Propuesta, contratación y toma de posesión.

Concluidas las calificaciones, el Tribunal hará pública, por orden de puntuación y en número no superior al de plazas convocadas, la relación de quienes hayan superado el proceso selectivo y la elevará a quien ostente la titularidad de la Dirección Gerencia del SERIDA con propuesta de contratación. Ésta podrá ser a tiempo completo, parcial o para determinados períodos del año. La elección de destino inicial corresponderá a los/as aspirantes en razón directa al orden de puntuación obtenido, ajustándose la prelación de los aspirantes a la/s línea/s de investigación elegida/s por éstos en la Memoria Científico-Técnica presentada.

Dentro de los 20 días naturales desde el siguiente hábil al de la publicación de la lista, las personas propuestas presentarán en la Dirección Gerencia del SERIDA (Carretera de Oviedo s/n, Villaviciosa, 33300) los siguientes documentos, en original o fotocopia, para su compulsa y devolución, en su caso, sometiéndose a las prevenciones del art. 29 del Reglamento:

1.—El documento acreditativo de la titulación exigida para concurrir.

2.—Los/as aspirantes que hayan obtenido plaza y que hubieran manifestado su situación de discapacidad con el fin de obtener adaptación de tiempos y medios para la realización de los ejercicios deberán presentar certificación acreditativa de su condición expedida por el organismo competente de la Comunidad Autónoma, referida a la fecha de conclusión del plazo de presentación de solicitudes. La falta de presentación de esta certificación, o si ésta fuera negativa, supondrá su exclusión de la propuesta de nombramiento, decayendo en su derecho.

Una vez resuelto el procedimiento selectivo, la Administración se compromete a publicar, con la mayor brevedad posible, la adjudicación de los destinos, a partir de la que se procederá, en un plazo máximo de siete días a la firma de los contratos. Decaerán en su derecho por la inobservancia de tal plazo, excepto la eventual solicitud y concesión de prórroga por causa justificada. En los supuestos de licencia, con suspensión de contrato de trabajo, el plazo para la formalización del contrato comenzará a contarse desde el momento en que desaparezca la causa que da lugar a la licencia.

Novena.—Norma final

Sin perjuicio de su revisión de oficio, contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Viceconsejería de Modernización y Recursos Humanos en el plazo de un mes desde su publicación en el BOPA o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde dicha publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos.

Oviedo, a 6 de noviembre de 2007.—El Viceconsejero de Modernización y Recursos Humanos, P.D. Resolución de 4 de septiembre de 2007 (BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias de 13 de septiembre de 2007).—2.461.

Más información

Enlace BOPA Nº 41 del martes 19 de febrero de 2008

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